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Albergues, Residencias y Campamentos

Albergues, Residencias y Campamentos

Albergues juveniles

Son alojamientos idóneos tanto para que los grupos desarrollen sus programas de actividades, como para su utilización de modo individual.

La Red Valenciana de Albergues Juveniles está distribuida, de norte a sur, por toda la geografía valenciana y también incluye los albergues privados que están adheridos a la Red Española de Albergues Juveniles REAJ.

El Carné de alberguista en sus diferentes modalidades (Carnet Jove+Alberguista, Adulto, Juvenil, Familiar y Grupo) permite alojarse en todos los albergues de la Federación Internacional de Albergues Juveniles (IYHF), con más de 4.200 albergues situados en 60 países de todo el mundo.

A la IYHF también pertenecen la Red Española de Albergues Juveniles (REAJ) y la Red Valenciana de Albergues Juveniles.

Campamentos y residencias juveniles

Los campamentos juveniles son instalaciones permanentes que pueden utilizar todos aquellos grupos que lo deseen. Además de su uso a lo largo del año, de junio a agosto se llevan a cabo diversas actividades (de ocio educativo) a través del programa Oferta Concertada

Las residencias juveniles son instalaciones que se ofrecen especialmente a las personas jóvenes estudiantes, mediante convocatoria pública, y que tienen la finalidad de proporcionar estancia y alimentación. Así mismo, en algunas de éstas existen a disposición de las y los alberguistas plazas durante todo el año.

Reservas en las instalaciones del IVAJ - Central de reservas.

Comprobación de disponibilidad de plazas

Para cualquier consulta puedes enviar un correo a creserves_ivaj@gva.es 

 

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2023, del director general del Institut Valencià de la Joventut, por la que se determina el procedimiento de contratación para la reserva y utilización de las instalaciones juveniles propias, así como las tarifas y los precios de los servicios prestados.

Instalaciones video

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En Viu l'Estiu25 tendrán prioridad las solicitudes de las entidades cuya sede se encuentre en los municipios afectados por la DANA


 

Las solicitudes presentadas hasta el 24 de febrero de 2025, inclusivamente, se ordenarán correlativamente por orden de entrada, en tres listas:

  • Una con las solicitudes presentadas de entidades indicadas en la base 3, la sede de la cual se encuentre en los municipios contemplados en el anexo I del Decreto 163/2024, de 4 de noviembre, del Consejo por el cual se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana (DOGV número 9974 bis / 04.11.2024) (en adelante Decreto 163/2024),
  • Otra para el resto de entidades del territorio de la Comunitat Valenciana
  • Y una tercera para el resto de las solicitudes presentadas.

A efectos de adjudicación de turnos y plazas, en la presente convocatoria tendrán prioridad las solicitudes de las entidades cuya sede se encuentre en los municipios afectados por la DANA (estas entidades tendrán, además, una tarifa reducida en el precio); en segundo lugar, se priorizará el resto de las entidades ubicadas en la Comunitat Valenciana. 

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